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España expresa su “preocupación” por la ley iraquí que prevé penas de cárcel contra homosexuales y transexuales

El Gobierno español ha manifestado este lunes su “preocupación” por la aprobación de una reforma legal en el Parlamento iraquí que contempla hasta 15 años de cárcel por relaciones homosexuales consentidas o el cambio de sexo.

“España expresa su preocupación por la nueva legislación aprobada por el Parlamento de Irak que criminaliza las relaciones homosexuales y las expresiones transgénero”, ha apuntado el Ministerio de Asuntos Exteriores español en un comunicado que resalta que “la decisión es contraria a las obligaciones internacionales contraídas por Irak en materia de derechos humanos”.

España señala que la lucha contra la discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género “es una prioridad de la política exterior española”. “La promoción de la diversidad, en todas sus formas, contribuye a que las sociedades sean más abiertas, inclusivas, equitativas y tolerantes”, ha apuntado.

“Por ello desde España seguiremos trabajando con todos los instrumentos a nuestro alcance para la despenalización de las expresiones LGTBI en todo el mundo”, ha añadido.

REFORMA LEGAL

El Parlamento de Irak ha aprobado este sábado una serie de enmiendas a la ley contra la prostitución vigente en el país que criminalizan toda práctica homosexual y las cirugías de reasignación sexo con penas de hasta 15 años de cárcel.

El Parlamento ha aprobado el proyecto presentado en agosto por el diputado independiente Raad al Maliki que transforma la llamada Ley para Combatir la Prostitución, promulgada en 1988, que a partir de ahora será conocida como la Ley para Combatir la Prostitución y la Homosexualidad.

Cualquier persona que “participe en relaciones homosexuales consentidas” será condenada a una pena de cárcel “no menor de 10 años y no superior a los 15 años”, y promover “de cualquier forma” la homosexualidad será un delito penado con siete años de cárcel y una multa de entre diez y 15 millones de dinares (entre 7.000 y 10.500 euros).

Asimismo, cualquier persona condenada por “promover la afeminación” será condenada a entre uno y tres años de cárcel con multas de entre 3.500 y 7.000 euros.

En lo que corresponde a la reasignación de sexo, la nueva ley estipula que tanto el paciente como el cirujano que efectúe la operación serán condenados a entre uno y tres años de cárcel. Solo se contemplan como excepción “operaciones que reafirmen el sexo del individuo si presenta defectos de nacimiento”, y siempre mediante orden judicial previa.

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