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Prepagas: según las empresas, para tener un tope a la suba de cuotas se deben sumar los ingresos familiares de cualquier origen

escucharescucharEl presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), Claudio Belocopitt, afirmó hoy que, para determinar si se tienen ingresos inferiores a seis veces el salario mínimo, vital y móvil y, en consecuencia, poder acceder a la aplicación de un tope a la suba de las cuotas de las prepagas, deberá tomarse en cuenta el dinero percibido no solo por una persona, considerada titular del plan, sino por el conjunto de los incluidos en el contrato. Es decir que, según los referentes del sector, debe mirarse el ingreso familiar y no el individual. Además, el directivo sostuvo que deben sumarse cada mes los ingresos que sean de fuente no laboral, como, por ejemplo, los provenientes del alquiler de un inmueble o los rendimientos de alguna inversión.El martes de la semana pasada la Superintendencia de Servicios de Salud emitió una resolución, reglamentaria del decreto de necesidad y urgencia 743, de noviembre último. En la normativa se estableció un mecanismo para solicitar, mes a mes y en los casos en que corresponda, la aplicación de un tope al incremento de los precios de los planes.Desde mediados de 2022, las subas de cuotas habilitadas por el Gobierno son de un porcentaje equivalente a la variación de un índice de costos de salud elaborado por funcionarios del área de Salud. Ese parámetro seguirá utilizándose, pero desde este año hay dos novedades: los reajustes de cuotas serán mensuales, y ya no bimestrales, y, a quienes declaren tener ingresos de hasta seis veces el salario mínimo, se les aplicará un tope al incremento, definido como el 90% de la variación mensual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).Para las cuotas de febrero, el índice de costos determinó un aumento de 8,21%, en tanto que el tope vinculado con el Ripte es de 4,91%. Y podrán pedir ese porcentajes más bajo quienes en diciembre hayan percibido no más de $371.718 (este valor se irá actualizando cada vez que haya subas del salario mínimo).La normativa de la Superintendencia no dio mayores precisiones sobre qué debe observarse para saber si se cumplen las condiciones que permiten estar en el grupo con subas topeadas. Y desde el Gobierno no se hicieron aclaraciones, pese a las consultas hechas. Luego de declaraciones por parte de referentes de las prepagas y de las confusiones generadas sobre el tema en los últimos días, el lunes último la Superintendencia comunicó, con un posteo en su cuenta de Twitter, que las autoridades habían mantenido ese día una reunión “con las entidades de Medicina Prepaga para dialogar sobre la aplicación de las nuevas normativas del Decreto 743/2022″, en referencia a la medida del Poder Ejecutivo que dispuso no solo la segmentación del aumento de cuotas, sino también la obligación, para las prepagas, de poner a la venta planes de salud con copagos que sean un 25% más baratos que los contratos que no contemplan adicionales por cada consulta o práctica médica.Según Belocopitt, CEO de Swiss Medical, hubo un diálogo con funcionarios sobre los detalles de la implementación del tope, y no hace falta que haya disposiciones por escrito sobre qué conceptos de los ingresos deben considerarse. “Algo que quedó claro y se terminó de convalidar con las autoridades son, obviamente y sin ninguna duda, los ingresos del grupo familiar. Es lo que corresponde; sino, tendríamos asimetrías ridículas. Por ejemplo, que alguien con un ingreso individual de $400.000 quede afuera del sistema del 90% del Ripte, y un matrimonio que entre los dos ganen $700.000 y contraten el mismo servicio, queden adentro”, sostuvo el directivo, en un diálogo con periodistas de distintos medios, entre ellos, LA NACION.El decreto 743 estableció que el tope al encarecimiento de los planes se aplicará “respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles”. Según el directivo, dentro de un plan “son titulares todos y por eso no se necesita aclarar nada; todos forman parte de los que acceden al subsidio” si, eventualmente, accedieran a la aplicación del tope, según consideró.Entre los afiliados a la medicina prepaga, un 60% tiene contratos directos (son por ejemplo, trabajadores autónomos o monotributistas) y un 40% son asalariados que tercerizan sus aportes para pagar, con ellos, parte de la cuota de la prepaga. Los incluidos en ambos grupos tienen la posibilidad de hacer la declaración jurada de ingresos para que el aumento sea más reducido. Pero, en el sector admiten que tienen mayores posibilidades de controlar la veracidad de los datos en el segundo caso. La preocupación por las dificultades para poder establecer si no hay declaraciones falseadas es uno de los temas que los directivos le plantearon el lunes a las autoridades. “Si en la declaración jurada [de los autónomos] se le miente a la AFIP, va a ser difícil verificar”, dijo Belocopitt.El directivo afirmó también que el sector va a hacer sus propias verificaciones “para analizar si la persona tiene la capacidad económica que dice tener. “Para nosotros, otorgar esta bonificación tiene un impacto económico muy contundente”, aseveró. Y dijo que la situación se agravaría si existieran fraudes en las declaraciones de ingresos. Admitió que aún no se pueden hacer cálculos porque no se sabe qué parte de los beneficiarios van a pedir el tope al incremento de cuotas. Hasta ayer, según la información que recibió el sector, se habían completado 150.000 declaraciones juradas.En rigor, las empresas no podrían tomar decisiones por su cuenta si verifican que hay declaraciones falseadas, sino que deberían ir a plantear las situaciones a la Superintendencia, que es la autoridad regulatoria. De todas formas, Belocopitt aclaró, ante una consulta de LA NACION que, dado “el estado de confusión” que hubo en los últimos días sobre el tema, “no vamos a tomar ninguna medida” con respecto a las presentaciones hechas este mes.Pero luego, advirtió, si podría haber consecuencias: “Falsear una declaración jurada es causal de rescisión del contrato y de eventual demanda por daños y perjuicios, porque en definitiva el perjudicado final es el sistema privado de salud que cobra menos de lo que corresponde”, señaló. Las prepagas “tenemos el derecho de decirNoticia en desarrolloSilvia StangTemasComunidad de NegociosInflación y preciosSaludConforme a los criterios deConocé The Trust ProjectOtras noticias de Comunidad de NegociosImpacto en el bolsillo. La inflación de diciembre fue de 5,1% y cerró 2022 con un aumento de 94,8%Sequía. Llovió, pero no alcanzó para frenar la agonía del maíz y la sojaDólar hoy. El blue vuelve a subir y se despertaron los financieros

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